El Fondo de Innovación para la Competitividad (FIC), constituye el principal instrumento para dotar de nuevos y mayores recursos a los distintos esfuerzos que el Estado realiza en torno a la innovación. Está orientado a fortalecer el sistema de innovación nacional y regional, dando transparencia, sentido competitivo y estratégico a la acción pública del Estado.
En este contexto, parte de los recursos correspondientes a este fondo están destinados a “Entidades Receptoras”, tales como Universidades estatales o reconocidas por el Estado que se encuentren acreditadas, los centros regionales de desarrollo científico y tecnológico creados o que se creen en el marco de las convocatorias realizadas por el Programa Regional de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT), las incubadoras de negocios de innovación que se encuentren vigentes en CORFO, y las instituciones que cumplan con los requisitos exigidos en el Decreto N° 68, de 23 de febrero de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y sus modificaciones.
Para ello la Resolución N°02[1] de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, SUBDERE, en su punto 3, establece que el Fondo estará destinado a las iniciativas que promuevan:
a) La Investigación.
b) La Innovación.
c) La difusión y transferencia tecnológica.
d) La aceleración del emprendimiento innovador.
e) La formación, inserción y atracción de recursos humanos especializados.
f) El fortalecimiento de redes para la innovación y equipamiento de apoyo a la competitividad.
g) El fomento de la cultura del emprendimiento y la innovación, y el emprendimiento innovador.
[1] Las definiciones de los destinos de la glosa se contienen en la Resolución N° 02 de SUBDERE de 2016.